En medio del clima de represion tan fuerte que se vive en Mexico actualmente, los defensores y defensoras de los derechos humanos no solamente reciben constantemente amenazas y agresiones para frenar sus actividades sino que tambien son víctimas de hostigameinto judicial. Es decir, es comun que las autoridades inventen cargos federales y se adelanten procesos judiciales artificiales para maquillar y disimular la real persecución en su contra por realizar su trabajo en las comunidades.
El 22 de febrero de 2011, los Sres. Nataniel Hernández Núñez, José María Martínez Cruz y Eduardo Alonso Martínez Silva fueron detenidos (junto con otras 16 personas), por miembros de la Policía Sectorial del Estado de Chiapas y de la Policía Federal Preventiva, mientras estaban realizando actividades de observación y documentación de posibles violaciones de derechos humanos en el bloqueo de la carretera Tonalá – Pijijiapan, en el punto conocido como La Pilita, en el marco de las protestas para pedir la liberación de diez ejidatarios de San Sebastián Bachajón, Estado de Chiapas.
Los detenidos refieren haber sido agredidos durante la acción ejecutada por los elementos policiacos. Posteriormente, los defensores fueron trasladados al Centro Estatal para la Reinserción Social de Sentenciados No. 14 «el Amate», en el municipio de Cintalapa, Chiapas, donde se les señaló como probables responsables de los delitos de “motín” y “atentados contra la paz y la integridad corporal y patrimonial de la colectividad del Estado”1.
El Juez Juzgado Primero Penal de el Amate, quien llevó la causa bajo el expediente 34/201, les retiró el delito de “atentados contra la paz y la integridad corporal y patrimonial de la colectividad del Estado”, pero continuaron sometidos a proceso penal por el delito de “motín”.
El 2 de marzo de 2011, alrededor de las 10:00 pm, los Sres. Nataniel Hernández Núñez, José María Martínez Cruz y Eduardo Alonso Martínez Silva fueron liberados bajo reservas de la ley. por orden del juez del Juzgado Primero Penal del municipio de Cintalapa, Estado de Chiapas. La libertad bajo reservas de ley significa que el proceso penal en su contra por delito de “motín” sigue abierto, por lo cual el Ministerio Público, a través de la Procuraduría del Estado, puede solicitar nuevamente una orden de aprehensión en contra de los defensores.
Además, se integraron otras averiguaciones previas en contra de los Sres. Nataniel Hernández Núñez, José María Martínez Cruz y Eduardo Alonso Martínez Silva por los delitos de “extorsión” y “ataques a las vías de comunicación”, por los mismos hechos del 22 de febrero de 2011.
De acuerdo con las últimas informaciones recibidas, el 15 de marzo de 2011 alrededor de las 8:00 pm., el Sr. Nataniel Hernández Núñez fue detenido por elementos de la Policía Federal Ministerial en la ciudad de Tapachula, Estado de Chiapas. El se encontraba investigando el motivo de la detención de cuatro personas a quienes asistía jurídicamente.
El Sr. Nataniel Hernández Núñez fue trasladado a las oficinas de la Procuraduría General de la República en Tapachula, y posteriormente fue llevado al Centro Estatal para la Reinserción Social de Sentenciados No. 3 en Tapachula (CERSS No. 3), donde le informaron que estaba acusado del delito de “ataques a las vías de comunicación” por los hechos ocurridos el 22 de febrero de 2011. Esta acusación se basa en una denuncia interpuesta por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en la cual también se acusa a los Sres. Eduardo Alonso Martínez Silva y José María Martínez Cruz2.
El 16 de marzo de 2011, el Sr. Nataniel Hernández Núñez fue liberado bajo caución, pagando una multa de 11,000 pesos (USD 925). El 18 de marzo de 2011, el Juez que lleva la causa penal decretó la orden de formal prisión contra el Sr. Hernández Núñez, quien seguirá el proceso en libertad bajo caución, yendo a firmar cada martes ante el Juzgado Tercero de Distrito de la ciudad de Tapachula.
Es importante mencionar que el Agente del Ministerio Público Federal de Arriaga, quien inició la averiguación previa contra los Sres. Nataniel Hernández Núñez, Eduardo Alonso Martínez Silva y José María Martínez Cruz, incluyó además el delito de “extorsión”, que al ser un delito del fuero común y no del fuero federal, será conocido por el Juez del Ramo Penal en Tonalá, por lo que existe riesgo de que los Sres. Nataniel Hernández, Eduardo Alonso Martínez Silva y José María Martínez Cruz sean nuevamente detenidos.
http://www.jornada.unam.mx/2011/03/30/index.php?section=politica&article=016n2pol
A través del envio de una carta puede denunciar la situacion y exigir a las autoridades mexicanas que se tomen las medidas pertinentes para el caso (Ver carta modelo para enviar abajo).
En el archivo PDF que se encuentra al final de este sitio, puede ver la carta enviada por el CDHAL a las autoridades el pasado 6 de abril de 2011.
*** Modelo de carta para enviar ***
Señores(as)
Por medio de l apresente carta me dirijo a ustedes ya que me encuentro bastante preocupado por el hostigamiento judicial del que han sido víctimas el Sr. Nataniel Hernández Núñez, director del Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa , y de los Sres. José María Martínez Cruz y Eduardo Alonso Martínez Silva, abogados y miembros del mismo centro Digna Ochoa, en el Estado de Chiapas.
Hechos
De acuerdo con las últimas informaciones recibidas, difundidas por el Comité por los derechos humanos en América latina CDHAL, el 15 de marzo de 2011 alrededor de las 8:00 pm., el Sr. Nataniel Hernández Núñez fue detenido por elementos de la Policía Federal Ministerial en la ciudad de Tapachula, Estado de Chiapas. El se encontraba investigando el motivo de la detención de cuatro personas a quienes asistía jurídicamente.
El Sr. Nataniel Hernández Núñez fue trasladado a las oficinas de la Procuraduría General de la República en Tapachula, y posteriormente fue llevado al Centro Estatal para la Reinserción Social de Sentenciados No. 3 en Tapachula (CERSS No. 3), donde le informaron que estaba acusado del delito de “ataques a las vías de comunicación” por los hechos ocurridos el 22 de febrero de 2011 (ver antecedentes). Esta acusación se basa en una denuncia interpuesta por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en la cual también se acusa a los Sres. Eduardo Alonso Martínez Silva y José María Martínez Cruz.
El 16 de marzo de 2011, el Sr. Nataniel Hernández Núñez fue liberado bajo caución, pagando una multa de 11,000 pesos (USD 925). El 18 de marzo de 2011, el Juez que lleva la causa penal decretó la orden de formal prisión contra el Sr. Hernández Núñez, quien seguirá el proceso en libertad bajo caución, yendo a firmar cada martes ante el Juzgado Tercero de Distrito de la ciudad de Tapachula.
Es importante mencionar que el Agente del Ministerio Público Federal de Arriaga, quien inició la averiguación previa contra los Sres. Nataniel Hernández Núñez, Eduardo Alonso Martínez Silva y José María Martínez Cruz, incluyó además el delito de “extorsión”, que al ser un delito del fuero común y no del fuero federal, será conocido por el Juez del Ramo Penal en Tonalá, por lo que existe riesgo de que los Sres. Nataniel Hernández, Eduardo Alonso Martínez Silva y José María Martínez Cruz sean nuevamente detenidos.
Antecedentes:
- El 22 de febrero de 2011, los Sres. Nataniel Hernández Núñez, José María Martínez Cruz y Eduardo Alonso Martínez Silva fueron detenidos (junto con otras 16 personas), por miembros de la Policía Sectorial del Estado de Chiapas y de la Policía Federal Preventiva, mientras estaban realizando actividades de observación y documentación de posibles violaciones de derechos humanos en el bloqueo de la carretera Tonalá – Pijijiapan, en el punto conocido como La Pilita, en el marco de las protestas para pedir la liberación de diez ejidatarios de San Sebastián Bachajón, Estado de Chiapas. Los detenidos refieren haber sido agredidos durante la acción ejecutada por los elementos policiacos. Posteriormente, los defensores fueron trasladados al Centro Estatal para la Reinserción Social de Sentenciados No. 14 «el Amate», en el municipio de Cintalapa, Chiapas, donde se les señaló como probables responsables de los delitos de “motín” y “atentados contra la paz y la integridad corporal y patrimonial de la colectividad del Estado” 3 .
- El Juez Juzgado Primero Penal de el Amate, quien llevó la causa bajo el expediente 34/201, les retiró el delito de “atentados contra la paz y la integridad corporal y patrimonial de la colectividad del Estado”, pero continuaron sometidos a proceso penal por el delito de “motín”.
- El 2 de marzo de 2011, alrededor de las 10:00 pm, los Sres. Nataniel Hernández Núñez, José María Martínez Cruz y Eduardo Alonso Martínez Silva fueron liberados bajo reservas de la ley. por orden del juez del Juzgado Primero Penal del municipio de Cintalapa, Estado de Chiapas. La libertad bajo reservas de ley significa que el proceso penal en su contra por delito de “motín” sigue abierto, por lo cual el Ministerio Público, a través de la Procuraduría del Estado, puede solicitar nuevamente una orden de aprehensión en contra de los defensores.
- Además, se integraron otras averiguaciones previas en contra de los Sres. Nataniel Hernández Núñez, José María Martínez Cruz y Eduardo Alonso Martínez Silva por los delitos de “extorsión” y “ataques a las vías de comunicación”, por los mismos hechos del 22 de febrero de 2011.
Demandas
Teniendo en cuenta la extrema gravedad de los hechos anteriormente mencionados, les urgo:
- Desestimar los cargos contra en contra de los Sres. Nataniel Hernández Núñez, Eduardo Alonso Martínez Silva y José María Martínez Cruz, los cuales parecen meramente estar dirigidos a sancionar sus actividades de defensa de los derechos humanos;
- Velar por que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo a nivel judicial, contra los Sres. Nataniel Hernández Núñez, José María Martínez Cruz y Eduardo Alonso Martínez Silva y, en general, contra los demás defensores de derechos humanos en México;
- Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos de la ONU, en particular en lo referente al: Artículo 1: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”; Artículo 5: “A fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, en el plano nacional e internacional: a) A reunirse o manifestarse pacíficamente; b) A formar organizaciones, asociaciones o grupos no gubernamentales, y a afiliarse a ellos o a participar en ellos”; Artículo 12.2: “El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración”;
- De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por México.
* * *
Agradecería recibir por escrito una lista de las acciones que se emprenderán.
Atentamente,
ESCRIBA AQUI SU NOMBRE
Enviar a:
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
Lic. Felipe Calderón Hinojosa
felipe.calderon@presidencia.gob.mx
Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas
Lic. Juan José Sabines Guerrero
secparticular@chiapas.gob.mx
Secretario general de gobierno del Estado de Chiapas
Dr. Noé Castañón León
secretario@secgobierno.chiapas.gob.mx
Procuraduría General de Justicia de Chiapas
Lic. Raciel López Salazar
raciel.lopez@pgie.chiapas.gob.mx
Unidad para la promoción y defensa de los
derechos humanos SEGOB
romeheira@segob.gob.mx
Presidente de la Comisión nacional de DDHH
Dr. Raúl Plascencia Villanueva
correo@cndh.org.mx
Procurador General de la República
Lic. Arturo Chávez Chávez
ofproc@pgr.gob.mx
Misión Permanente de México
ante las Naciones Unidas
mission.mexico@ties.itu.int
Con copia a:
Centro de derechos humanos
Fray Bartolomé de las Casas A.C.
accionurgente@frayba.org.mx
frayba@frayba.org.mx
Embajada de Canadá en México
Sr. Guillermo E. Rishchynski, Embajador
mxico@international.gc.ca
Embajada de México en Canadá
Sr. Francisco Barrio Terrazas, Embajador
fbarrio@embamexcan.com/ info@embamexcan.com
Consulado general de México en Montreal
Sr. Edgardo Flores Rivas, Cónsul general
comexmt@consulmex.qc.ca
Comité pour les droits humains en
Amérique latine – CDHAL
solidared@cdhal.org