El Centro Canadiense para la Justicia Internacional (CCIJ) y el Centro de Acción Legal-Ambiental y Social de Guatemala (CALAS) anunciaron en una nota de prensa, que la Corte Suprema de Canadá se negó el día 8 de junio, a conocer la apelación de Tahoe Resources Inc. en contra de la demanda presentada por varios activistas comunitarios guatemaltecos por lesiones sufridas en su contra durante la supresión violenta de una manifestación pacífica por fuerzas de seguridad en la mina San Rafael, propiedad de la transnacional canadiense. Esta decisión se suma a la condena, el 1 de junio, a varios años de prisión de los agentes policiales a cargo de la seguridad de Alberto Rotondo, ex jefe de seguridad de ese proyecto minero, quien se fugó a Perú en noviembre de 2015.
Juicio a Tahoe Resources sigue pendiente
Dice el comunicado de prensa de CCIJ y CALAS que a principios de este año, la Corte de Apelaciones de Colombia Británica anuló esfuerzos de Tahoe para rechazar el caso. La decisión de la Corte Suprema del día de hoy deja intacto el fallo de la Corte de Apelaciones, lo cual permite llevar el caso a juicio. Como es de costumbre, la Corte Suprema no dio las razones de su decisión de no conocer el recurso de Tahoe.
La Corte de Apelaciones decidió en enero que el caso tenía que ser escuchado en Colombia-Británica porque múltiples factores, incluyendo la evidencia de corrupción sistemática en el sistema judicial guatemalteco, desfavorecían la búsqueda de justicia en Guatemala. La Corte concluyó que “existe un riesgo cuantificable para los apelantes (los comunitarios guatemaltecos) de recibir un juicio justo contra una multinacional cuyos intereses mineros en Guatemala se alinean con los intereses políticos del estado guatemalteco”.
Los demandantes son apoyados en Canadá por un equipo de abogados que incluye la firma de abogados de Vancouver Camp Fiorante Matthews Mogerman (CFM) y el Centro Canadiense para la Justicia Internacional (CCIJ). En Guatemala son representados por el área Legal del Centro de Acción Legal-Ambiental y Social de Guatemala (CALAS).
“Víctimas de abusos vinculados con las mineras canadienses con operaciones en el exterior merecen justicia en Canadá,” dijo Amanda Ghahremani, directora jurídica del CCIJ. “Estamos muy entusiasmados que la corte más alta haya permitido a este caso de avanzar hasta un juicio”.
Antes del fallo de hoy, la doctrina legal de forum non conveniens había sido un obstáculo para las víctimas del extranjero que buscan justicia en cortes canadienses. La doctrina permite, en algunos casos, que las cortes denieguen casos en favor de una jurisdicción extranjera y previamente protegía a las multinacionales canadienses, particularmente en el sector minero-energético, de un escrutinio judicial de sus operaciones internacionales.
El pasado octubre, demandantes Eritroanos vencieron una objeción fórum non conveniens en su demanda en contra de la compañía Nevsun Resources, basada en Vancouver, por esclavitud moderna. Este fallo está en apelación y también será escuchado por la Corte de apelaciones de British Colombia en septiembre del 2017.
“Siempre hemos creído que Colombia Británica es el foro jurídico adecuado para este caso” dijo Joe Fiorante, Q.C., un socio de CFM. “Nos alegra que los demandantes tengan la oportunidad de continuar el proceso aquí.”
En Vancouver, Tahoe enfrenta demandas de agresión y negligencia por las acciones de su gerente de seguridad en Guatemala, Alberto Rotondo, y otros miembros del equipo de seguridad en el tiroteo de abril de 2013, que los demandantes alegan fue parte de una muestra de fuerza planeada para intimidar a la comunidad local y eliminar oposición a la mina Escobal.
A Rotondo se le imputaron cargos criminales en Guatemala por estos eventos, sin embargo, faltando menos de dos meses para su juicio, Rotondo, quien gozaba de arresto domiciliario con vigilancia permanente de la Policía Nacional Civil, escapó y se fugó a Perú, su país de origen. El caso en Guatemala, en el cual algunas víctimas participaban como querellantes, fue suspendido.
Policías a prisión
En el comunicado de prensa también se informó que la decisión de la Corte Suprema de Canadá, llega pocos días después de la sentencia de seis agentes de la Policía Nacional Civil de Guatemala por su complicidad en la fuga de Alberto Rotondo, cuando en noviembre de 2015 escapó a Perú vía México.
“La responsabilidad de la policía guatemalteca por permitir la fuga del jefe de seguridad de la mina demuestra los tremendos obstáculos para obtener justicia en Guatemala” dijo Rafael Maldonado, director jurídico de CALAS. “Estamos entusiasmados que las cortes canadienses hayan entendido que la justicia en este caso solo puede ser garantizada en Canadá.”
De acuerdo con una nota de prensa de las organizaciones NISGUA y Breaking The Silence, el 1 de junio la jueza Verónica Ruiz, a cargo del juicio a los policías, sentenció a los seis agentes de la Policía Nacional Civil (PNC), dos de ellos a tres años de prisión y los otros cuatro a seis años y cuatro meses de prisión inconmutables por el delito de Evasión culpada e Incumplimiento de deberes.
Rotondo era jefe de seguridad del proyecto minero Escobal, de la canadienese Tahoe Resources y su subsidiaria Minera San Rafael, cuando en 2013 se dieron hechos violentos dirigidos por Rotondo contra comunitarios que hoy demandan a la minera en Canadá.
En mayo de 2013, el gobierno del entonces mandatario Otto Pérez Molina, impuso Estado de Sitio que abarcó los municipios de Casillas y San Rafael las Flores, departamento de Santa Rosa, y los municipios de Mataquescuintla y Jalapa, departamento de Jalapa, lo cual casi interrumpió el proceso de consultas comunitarias en municipios donde hay licencias mineras, a no ser por las realizadas en Jalapa en noviembre de 2013, y en la aldea Sabana Redonda, del municipio de San Rafael Las Flores, en enero de 2014.
Pero pocos días antes de la instauración del Estado de Sitio, se dio lo ocurrido el 27 de abril de 2013, cuando guardias de la empresa de seguridad privada, Alfa Uno, del grupo israelita Golan, por órdenes del entonces jefe de seguridad Alberto Rotondo Dall’Orso, dispararon indiscriminadamente contra pobladores que protestaban pacíficamente frente a las instalaciones de la minera, en San Rafael Las Flores. Siete comunitarios resultaron heridos. El 18 de junio de 2014, los siete heridos demandaron a Tahoe Resources Inc. ante la Corte Suprema de British Columbia. Los demandantes son: Adolfo Agustín García, Luis Fernando García Monroy, Artemio Humberto Castillo Herrera, Wilmer Francisco Pérez Martínez, Erik Fernando Castillo Pérez, Noé Aguilar Castillo y Misael Eberto Martínez Sasvin.
Por ese caso, el 30 de abril de 2013, el Ministerio Público capturó a Rotondo en el Aeropuerto Internacional La Aurora, ligándolo a proceso el 7 de mayo del mismo año por los delitos de lesiones graves, lesiones leves y obstaculización a la acción penal. El Juez de Primera Instancia, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Santa Rosa, ubicado en Barberena, dictó como medida sustitutiva arresto domiciliario, decisión apelada por la Fiscalía de Derechos Humanos el 10 de mayo 2013, la que solicitó que el tribunal dictara prisión preventiva.
Sin embargo, el 25 de noviembre de 2015 se fugó. Rotondo se encuentra detenido en Perú, su país a donde huyó, a la espera de su extradición a Guatemala.
En el comunicado de NISGUA se lee que en el juicio a los policías fue clave “el testimonio de Alberto Choc Caal, un guardia de seguridad de un concesionario de autos situado frente al edificio donde vivía Rotondo”. Choc Caal testificó haber visto a Rotondo salir de su casa en múltiples ocasiones sin supervisión policial. La última vez que lo vio, presumiblemente el 24 de noviembre, Rotondo se metió en un camión gris alrededor de las 2 pm, conducido por un anciano de cabello gris que el señor Choc reconoció como visitante habitual.
Los agentes de policía no estaban presentes cuando Rotondo escapó, pero regresaron más tarde ese día y Choc Caal les dijo que Rotondo se había ido. La policía sólo presentó una demanda de hábeas corpus el 28 de noviembre, cuatro días después de que Rotondo había escapado. La Jueza Ruíz aceptó los informes presentados por la Fiscalía Especial sobre los ataques contra los defensores de los derechos humanos, incluyendo un informe que detalla la fuga de Rotondo por tierra a México el 25 de noviembre de 2015. Al no informar inmediatamente sobre la fuga, los agentes policiales permitieron a Rotondo contar con 19 horas de margen de maniobra que necesitaba para salir del país sin temor a ser arrestado.
Por Luis Solano, 9 JUN, 2017
Fuente: Centro de Medios Indipendentes