Nous dénonçons les événements qui ont eu lieu dans la réserve Uradá Jiguamiandó, dans le departament du Choco, en Colombie, suite à la militarisation du territoire partagé par des peuples autochtones et des Afro-Colombiens. Le 30 Janvier 2010, l’armée colombienne a bombardé le territoire de la communauté Alto Guayabal, tuant un enfant et faisant plusieurs blessés. Le but de l’opération militaire était de déplacer les indigènes et afro-colombiens pour donner libre cours au projet minier Mandé Norte, developpé par la Muriel Mining Corporation. L’opinion des populations qui y vivent,n’a pas été prise en compte pour exécuter les diverses activités minières. Reconnaissant les droits des communautés touchées, le 25 mars 2010, la Cour constitutionnelle a rendu sa décision ordonnant l’exécution d’une nouvelle consultation préalable sur l’exploration et l’exploitation du projet.
Par cette lettre, vous pouvez soutenir la décision de la Cour constitutionnelle, pour demander une consultation préalable qui comprend la représentation des collectivités touchées; et une révision des opérations militaires, étant donné qu’elles ne sont pas perçues comme une garantie de sécurité pour ceux qui vivent dans la réserve.
Dans le fichier PDF affiché sur cette page, vous pouvez consulter la lettre que nous avons envoyé aux autorités colombiennes, le 19 avril 2010. De même, nous incluons la décision formulée par la Cour constitutionnelle dans l’affaire T-769, 2009. Référence: Dossier T-2315944.
S’il vous plaît, envoyez vos lettres (version espagnole ci-dessous) aux autorités colombiennes pour demander que des mesures appropriées soient prises face à cette grave situation.
************* Version à envoyer ***************
Estimados(as) señores(as):
Por medio de la presente quiero denunciar los hechos ocurridos en el resguardo Uradá Jiguamiandó, en el municipio de Carmen del Darién, bajo Atrato, departamento del Chocó, tras la militarización del territorio que comparten pueblos indígenas y afrocolombianos.
De acuerdo a la información de la que dispongo hasta el momento, difundida por el Comité por los derechos humanos en América Latina, desde mediados del mes de diciembre de 2009 se llevan a cabo operaciones militares y logísticas en el mencionado resguardo. Estas operaciones culminaron el 30 de enero de 2010 cuando miembros de la brigada 17 del Ejército Nacional y la Fuerza Aérea Colombiana bombardearon la comunidad de Alto Guayabal a las 3.30 a.m., lo que trajo como consecuencia la muerte de un bebé recién nacido y dejó heridos a varios miembros de la familia. Esta lamentable situación sembró el terror en toda la comunidad.
“Desafortunada casualidad” fue el eufemismo utilizado en esta oportunidad por el General Hernán Giraldo, comandante de la brigada 17 para explicar los graves acontecimientos. Además del eufemismo los atacantes adujeron la presencia de las FARC en el sector, sin embargo es claro que a la intención del bombardeo es desplazar a la comunidad indígena y negra, para dar vía libre al proyecto minero Mandé Norte. Uno de los planes más destructivos y arbitrarios que se mueven en las selvas del Chocó. Este proyecto minero está situado entre Carmen del Darién (Chocó), y Murindó (Antioquia).
Tales operaciones se asimilan a los movimientos ocurridos a finales de 2008 y comienzos de 2009 en La Rica (territorio indígena) para proteger la intervención de la minera Muriel Mining Corporation. Por este motivo, los indígenas Embera Katío que fueron afectados en ese momento, relacionan las actividades que se llevan a cabo en la actualidad con operaciones de empresas mineras tales como la Muriel Mining Corporation, la Anglo Gold Aschanti o la Glencore. Seguros de la existencia de grandes depósitos de oro, cobre y molibdeno, el gobierno ha otorgado a las multinacionales Muriel Mining Co, Anglo Gold Ashanti y a la Glencore concesiones y facultades para que lleven a cabo sus actividades de extracción minera en un territorio de 16.000 hectáreas. Sin embargo, estos territorios colectivos son de propiedad de las comunidades negras de Jiguamiandó y de los resguardos indígenas de Urada-Jiguamiandó y Murindó del pueblo Embera Katío.
Estos hechos están afectando las políticas de autonomía de los indígenas, alterando la relación con los sitios sagrados, generando angustia, causando daños a los cultivos, limitando la cacería y la pesca, limitando el tránsito en sus propios territorios, deforestando los bosques y violentando a varios indígenas en su integridad física. Estos sucesos han tenido un impacto especial sobre las mujeres Embera, de las cuales ocho han cometido suicidio ante la incertidumbre que les provoca la inseguridad. Otras mujeres hablan de quitarse la vida, lo cual es muy alarmante y requiere de reacción inmediata.
Antecedentes
El día 4 de mayo del año 2000 a causa de los operativos en la zona, desaparecieron tres (3) miembros de la comunidad de Alto Guayabal: Reguina Rubiano Bariquin, de 65 años; Pablo Emilio Domico, de 45 años; y Blancaina Domico, de 16 anos. En los mismos operativos quemaron ocho (8) tambos indígenas, robaron plátano, víveres, utensilios sagrados y animales de cría.
El 22 de junio de 2007 fue bombardeada la comunidad indígena de Isla en el resguardo del río Murindó.
El día 8 de febrero de 2008 a las 3:40 p.m. fue bombardeado el cementerio de las comunidades indígenas de Isla y Coredó. En al zona de La Rica la empresa y los militares construyeron cambuches y campamentos en los que permanecen asentados. Allí se instalaron dispositivos de seguridad y se advirtió a la comunidad indígena que no podían transitar por el territorio. Los militares prestan seguridad a la empresa concesionaria, desconociendo derechos ancestrales de los indígenas y afrocolombianos, poniendo en riesgo los derechos fundamentales de estas comunidades.
* * *
La empresa minera argumenta haber consultado acerca del proyecto con las comunidades, y exhibe una supuesta protocolización de tal consulta previa. Sin embargo, las autoridades indígenas han negado en repetidas ocasiones la validez de dicha consulta, y afirman que quienes firmaron lo hicieron a título personal y bajo engaño al hacerlos firmar documentos que no hacen parte de una consulta previa. Las personas consultadas ni siquiera habitan en el territorio afectado.
Debido a la falta de consulta legal acerca del proyecto, y a la oposición rotunda de la población hacia el mismo, las comunidades de la zona se movilizaron tomando una iniciativa popular haciendo valer el derecho que tienen de ser consultados antes de la puesta en marcha de proyectos en sus territorios colectivos así como el derecho de planificar su desarrollo de acuerdo a sus cosmovisiones culturales. Así, se decidió realizar una consulta propia en la que rechazaron abiertamente la exploración y extracción minera del proyecto Mandé Norte.
El pasado 25 de marzo de 2010 la Corte Constitucional se ha pronunciado al respecto ordenando la realización de una nueva Consulta Previa, en conformidad con el derecho de orden nacional e internacional, a la Muriel Mining Corporation, en la etapa de exploración y explotación del proyecto Mandé.
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En apoyo a los indígenas Embera Katío y a las comunidades afrocolombianas de los resguardos Uradá Jiguamiandó y Río Murindó, rechazo los daños irreparables contra la vida, autonomía e integridad de los pueblos autóctonos.
Teniendo en cuenta la situación anteriormente descrita, presento las siguientes demandas:
Demandas
Teniendo en cuenta la gravedad de la situación, les urjo a:
1. Cumplir con lo estipulado por la Corte Constitucional mediante la sentencia T-769 de 2009 en relación a la manera en la que debe hacerse la explotación de recursos naturales en los territorios tradicionalmente habitados por las comunidades indígenas, en donde el Estado debe proteger su integridad social, cultural y económica, de acuerdo con los compromisos adquiridos por el país en diferentes tratados internacionales.
2. Ahora que se va a realizar la consulta previa, garantizar que sea hecha de buena fe, dentro de un procedimiento que genere confianza entre las partes; que se haga a través de las instituciones representativas indígenas tal como lo estipula la Constitución de 1991 y el Convenio 169 de la OIT, respetando la autonomía de las comunidades indígenas, sus territorios, su cultura, sus usos y costumbres.
3. Acatar la decisión de los magistrados con respecto a la revisión por parte del Ejército de los planes de seguridad en la zona ya que las comunidades que ancestralmente habitan la región irrigada por los ríos Jiguamiandó, Uradá y Murindó no perciben el ingreso de la fuerza pública en sus territorios como garantía de seguridad. Es necesario que cese la presencia de la fuerza publica teniendo en cuenta que los indígenas rechazan su presencia en su territorio.
4. llevar a cabo una investigación independiente, exhaustiva e imparcial en torno a los hechos ocurridos el pasado 30 de enero derivados del bombardeo, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales, y/o administrativas previstas por la ley;
5. de manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Colombia.
Peticiones
Además, en conformidad con el artículo 23 de la Constitución Colombiana solicito respetuosamente, se me informe acerca de las siguientes cuestiones:
1. ¿Cuál es el nombre de la operación militar que se desarrolla desde diciembre de 2009 en la zona aludida? ¿cuáles son sus objetivos? ¿Cuál era el objetivo militar de la operación del pasado 30 de enero?
2. ¿Por qué se afirma que los sobrevuelos y el bombardeo del pasado 30 de enero, estaban asociados a los intereses de la empresa Anglo Gold Ashanti o de la empresa Glencore?
3. El Ministerio de Ambiente u otra entidad del gobierno ¿ha autorizado la intervención de estas empresas multinacionales en el Jiguamiandó, Murindó? ¿Para qué?
4. ¿Qué reconocimiento da el gobierno a la Consulta Interétnica de los Pueblos, en la que contundentemente se ha dado un rotundo “no” a la exploración y extracción minera?
5. ¿Cómo va a garantizar el gobierno la integridad de las comunidades Embera Katío e impedir su desplazamiento?
6. ¿Qué medidas se están tomando para evitar que se agudice la crisis humanitaria constatada por la misión de verificación que tuvo lugar el 5 y 6 de febrero 2010?
Estaré pendientes de su respuesta escrita confirmando las medidas tomadas por el Estado colombiano y respuesta a las cuestiones planteadas.
Atentamente,
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Fiscal General de la Nación
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